“…la Comisión constata la necesidad de preservar y reforzar el principio de contributividad, entendido como la existencia de una relación equilibrada entre el importe de la prestación reconocida y el esfuerzo de cotización previamente realizado por cada trabajador”  Así comienza la recomendación 11 del Informe del Plan de Toledoaprobado recientemente por el Congreso

El principio de contributividad se matiza con el principio de solidaridad permitiendo la mejora de las pensiones más bajas y evitando las consecuencias negativas de la brecha de género. También los topes que cercenan las pensiones más altas se acogen a este criterio.

Estos dos principios son esenciales en el actual sistema español de pensiones. Se repite en la recomendación 5, Adecuación de las bases y periodos de cotización, en la que se reafirma que el sistema responde a una lógica esencialmente contributiva combinada con un marcado componente de solidaridad y recomienda que en el futuro todas las reformas deberán mantener una combinación equilibrada entre estos principios.

El principio de contributividad se ve reforzado por la ampliación de 15 a 25 años del periodo de tiempo utilizado para el cálculo de la base reguladora. El Informe insinúa el aumento del periodo de cotización necesario para alcanzar el 100% de la base reguladora hasta toda la vida de trabajo o los 40 años, lo que implicaría en la mayoría de los casos un descenso de la cuantía de las futuras pensiones.

La doctrina universal considera que la esencia de los sistemas de pensiones, a diferencia de los sistemas de ayuda sociales, es la contributividad. El Estado retiene de los salarios de los trabajadores una cantidad que da derecho a recibir una pensión en el futuro y que formalmente en el sistema de reparto se destina a pagar las pensiones de los ya jubilados y en el sistema de capitalización va a una cuenta real que con los intereses obtenidos se entregará al cotizante a partir de su retiro.

De acuerdo con la opinión generalizada de una clara distinción entre pensiones contributivas y no contributivas el Informe señala que las pensiones “no contributivas y los servicios de carácter universal se financien a través de aportaciones del Estado a la Seguridad Social” y asimismo declara en la recomendación primera que se refiere a la consolidación de fuentes que “únicamente queda pendiente la asunción plena de la financiación de mínimos por parte de los Presupuestos Generales del Estado”.

El número de perceptores de pensiones no contributivas era a 1 de enero de 2020, 451.796 personas. Este grupo tendrá en 2021 una revisión del 1,8% en sus pensiones anuales, mientras que para las pensiones contributivas (cerca de 10 millones de perceptores) se ha fijado un crecimiento de 0,9%, como el de este año. Nosotros estamos rotundamente de acuerdo, en primer lugar, con la actualización de las pensiones contributivas. En segundo lugar defendemos una subida superior a las bajas pensiones no contributivas, así como los complementos, este año 1,8% también, a las pensiones mínimas (7.075 millones € en 2021),  pero estamos muy satisfechos que estén los conceptos separados para que quede clara la mínima subida de las pensiones contributivas.

Ha habido comentarios con los que no estamos en absoluto de acuerdo de que en las presentes circunstancias de crisis económica es un contrasentido este tipo de revisiones al alza, cuando los gastos del presupuesto crecen nada menos un 19,4%. Habrá que analizar la gran cantidad de partidas del presupuesto que aumentan en porcentajes muy por encima del de las pensiones. Los gastos presupuestados de la Seguridad Social,  la mayor cifra del Presupuesto, son 172,429 millones €, con un crecimiento de 4,3%, por lo que la revalorización de las pensiones por la inflación al 0,9% obviamente es un pequeño componente, comparado con el 4,3% o el 19,4% señalados. La revalorización de las pensiones contributivas no es en absoluto causante del galopante déficit y deuda del Estado.

Como hemos visto antes el Informe está claramente en contra de que las cotizaciones sociales continúen sufragando gastos de naturaleza no contributiva, no solamente por razones doctrinales, sino porque provocan el déficit de la Seguridad Social. En ellos se incluyen reducciones de cotización para incentivar el acceso de los jóvenes o el mantenimiento en el empleo de determinados colectivos, las ayudas a sectores productivos anticipando la edad de jubilación etc. El sistema de pensiones español,  esencialmente contributivo, quedará limpio de la maraña de ayudas sociales.

Una de las críticas más consistentes realizadas a estas recomendaciones es que se evita entrar una vez más en una reforma radical de un sistema que se ha quedado obsoleto con enormes problemas de sostenibilidad, sistema que la mayoría de los países desarrollados está abandonando. Pero la definición tan clara de un sistema contributivo como se efectúa en el Informe facilita el salto de modernización que muchos países como Suecia, Polonia, Italia, Brasil etc. han realizado estos años hacia un sistema de cuentas nocionales, que exigiría cambiar el sistema de prestación definida (% salario al final de la vida laboral) al de contribución definida. Parece muy sencillo, pero Suecia tardó más de una década en el acuerdo político y estableció un cambio transitorio generacional (nuevo sistema para menores de 35 años, sistema mixto para la generación 35-55 años, y sistema anterior para mayores 55 años).

En este sistema las cotizaciones sociales se incorporan formalmente a una cuenta ficticia o “nocional”, a la que se atribuye una tasa de interés, relacionada con el crecimiento del PIB o el de los salarios a largo plazo y como mínimo la inflación, cuyos resultados se entregarán al interesado a partir de su jubilación normalmente como renta vitalicia asegurando la inflación futura y teniendo en cuenta la esperanza de vida de su cohorte etaria. Sigue siendo oficialmente un sistema de reparto ya que la financiación de su jubilación procede de las prestaciones sociales de los que están trabajando.

Las ventajas del sistema son claras en cuanto a transparencia, información a los interesados (recomendación 7 del Informe) y mayor dificultad de manipulación de las cuentas a través de nuevas iniciativas legales o reglamentarias. Los costes de transición son relativamente bajos, facilita la jubilación flexible y su prolongación (recomendación 12 del Informe), es compatible con las mejoras de pensiones mínimas, que se pagarían con impuestos y se considera que es un sistema más justo, pues recibes tanto como aportas. Algunos estudios señalan que aplicado a la actual situación española supondría una reducción de un 15% en la pensión media de los nuevos jubilados Pero actualmente todas las medidas paramétricas que están en estudio para ser incorporadas tienen en cuenta una reducción similar de las futuras pensiones, cuya tasa de sustitución de la primera pensión por el último salario se considera de las más “generosas” de los países que abanderan sistemas públicos de pensiones. La no adopción de medidas resolutivas de los problemas presentes y futuros del sistema de pensiones español puede provocar soluciones más drásticas para las nuevas generaciones, que en su mayoría son muy conscientes que sus pensiones públicas no serán ya tan generosas como las actuales.

Eduardo Rodríguez Rovira, Presidente de Honor de CEOMA